viernes, 6 de julio de 2018

Extinción de dominio....YA !



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El PJ presentó un nuevo proyecto de extinción de dominio de casi imposible aplicación




¿Cola de paja?
¿Cola de paja?
La discusión por la ley de extinción de dominio escaló a lugares inesperados. Se trata de la norma que permitiría al Estado recuperar bienes relacionados con el delito y que es fuertemente resistida por el peronismo/kirchnerismo.
Es curioso, porque el temor que denota ese espacio político podría ocultar hechos de corrupción que intentan ser ocultados.
En ese contexto, el Bloque Justicialista del Senado presentó un proyecto propio sobre la misma figura. Aunque parece algo superador, el nuevo documento hace demasiado complejo de efectivizar el decomiso de bienes surgidos de ilícitos.
La iniciativa fue presentada en conferencia de prensa por los senadores encabezados porMiguel Ángel Pichetto: "A diferencia de la media sanción, este proyecto tiene una estructura que significa una reforma del Código Penal, un proceso y garantías que tiene que tener todo ciudadano".
Por su parte el senador Rodolfo Urtubey se atajó al sostener que la figura del decomiso"nunca funcionó bien" porque los bienes se deterioraban y que "por eso surgió la idea de la extinción de dominio como una acción civil que permitiera tomar los bienes vinculados al delito, administrarlos y recuperarlos para el Estado".
El nuevo proyecto, según precisó Urtubey, establece la extinción de dominio como una acción "con autonomía dentro del proceso penal" y señala que "cuando hay certeza de delito para juzgar, el Procurador del Tesoro será legitimado para iniciar la acción".
Al respecto, aclaró que "se debe probar la vinculación de estos bienes con el delito" y, en este sentido, lo diferenció de la iniciativa original de Diputados que "invertía la carga de la prueba, porque la persona debía acreditar la legitimidad de sus bienes" la vinculación entre los bienes y el delito, tal cual ocurre en otros países donde funciona la norma.
Finalmente, Urtubey señaló que "el proyecto anterior sacaba del fuero penal la acción y el fiscal, ante la mera sospecha, podía iniciar la extinción”.


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@nib@l  2018

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